Aragón ya tiene fijados los periodos hábiles de caza para la temporada 2026/2027. Aquí tienes el enlace a la norma oficial y un resumen de lo que más se pregunta, empezando por lo que interesa a quien caza de noche.
Orden MAT/897/2026, de 5 de junio, por la que se aprueba el Plan General de Caza de Aragón para la temporada 2026-2027 (BOA núm. 118, de 23 de junio de 2026), más el Decreto-ley 7/2025, de 3 de diciembre (BOA núm. 235, de 4 de diciembre de 2025), que es el que autoriza los visores térmicos por la peste porcina africana.
Publicada en el BOA núm. 118, de 23 de junio de 2026.
Esto es un resumen, no la norma. Lo que obliga es el texto del boletín oficial, no esta página. Hemos recogido lo que consta literalmente y lo que no aparece lo decimos; si algo no lo ves aquí, es porque hay que mirarlo en la norma. Antes de salir, comprueba también las condiciones de tu coto y de tu autorización.
Y ojo con algo que no está en el calendario: las autorizaciones por daños. Además de las fechas generales que ves en esta ficha, la administración puede autorizar a un coto concreto a cazar una especie fuera del periodo hábil cuando está causando daños: destrozos en los cultivos, accidentes de tráfico o motivos sanitarios. Pasa sobre todo con el jabalí y con el ciervo, y por eso hay cotos que abren antes que el calendario general. Son resoluciones para ese coto, con su cupo y sus condiciones, y no salen en esta ficha porque no están en la orden de veda. Si en el tuyo os han dado una, lo que vale es esa resolución, no este calendario.
El artículo 53 se titula «Esperas nocturnas al jabalí» y no se anda con rodeos: «Se autorizan las esperas nocturnas al jabalí durante todo el año». Se pueden hacer «en cualquier tipo de terreno, tanto cinegético como no cinegético, quedando excluidas las zonas de seguridad y los terrenos vedados a la caza».
El artículo 8 fija el horario general de una hora antes de la salida del sol a una hora después de la puesta, pero autoriza «la caza nocturna durante toda la noche» en dos supuestos: esperas o aguardos a caza mayor autorizados para prevenir perjuicios importantes en la agricultura o la ganadería, y la caza del conejo en los municipios del anexo II.
Aragón es de las pocas comunidades que lo autoriza expresamente, y conviene saber de dónde sale: no de la orden de veda, sino del Decreto-ley 7/2025, de 3 de diciembre, aprobado por la peste porcina africana. Su artículo 10.1 dice: «Se autoriza, con carácter excepcional, el uso de visores térmicos montados sobre el arma para la caza del jabalí».
La orden de veda lo recoge en su artículo 48.7 y acota dónde vale: «se autoriza, con carácter excepcional, el uso de visores térmicos o nocturnos montados sobre el arma para la caza del jabalí», limitado a aguardos y esperas al jabalí en todo el territorio de Aragón, actuaciones de control poblacional y zonas sometidas a especial vigilancia sanitaria. Y avisa de lo que no es: «no constituye autorización general para su empleo en otras especies ni en otras modalidades».
El artículo 48.5 permite además la iluminación artificial, y el 48.4 obliga a comunicar al INAGA el resultado de las esperas. Ojo al artículo 65: la administración puede exigir por resolución localización telemática durante la caza nocturna.
En zonas no cinegéticas enclavadas dentro de un coto hay que comunicarlo al titular «con una antelación mínima de doce horas, mediante correo electrónico, indicando el día, el horario previsto de la espera y las parcelas o enclaves concretos». Para esperar en zonas de seguridad o en terrenos vedados hacen falta dos cosas: permiso del titular y «autorización extraordinaria de carácter nominal, emitida mediante resolución del director del servicio provincial competente».
Son dos regímenes distintos y es fácil confundirlos:
Y hay más cosas del Decreto-ley 7/2025 que conviene saber: autoriza esperas nocturnas al jabalí en zonas no cinegéticas todo el año, permite batidas en vedados y reservas autorizadas en siete días, habilita a cazadores sin permiso del titular en determinados casos, y pone dinero encima de la mesa: 30 € por jabalí al coto y 25 € al centro de recogida. También endurece las sanciones. Su vigencia está condicionada a que se mantenga la necesidad sanitaria, así que comprueba que sigue en vigor antes de montar el térmico.
Lo que no damos por bueno, y por qué. No consta publicada en el BOA ninguna resolución que fije cuáles son las «zonas sometidas a especial vigilancia sanitaria» del artículo 48.7, ni ninguna que active la localización telemática del artículo 65. Aragón no ha declarado emergencia cinegética con ese nombre: lo que hay es el decreto-ley. Y el articulado de la Ley 1/2015 de Caza de Aragón no lo hemos leído entero, solo las citas que hace la propia orden.
Lo de arriba es lo tuyo si cazas de noche. Aquí va el resto de la temporada resumido. Son los periodos generales: muchos tienen días hábiles, cupos o excepciones, y esos van en su columna.
| Especie y modalidad | Periodo |
|---|---|
| Jabalí, esperas o aguardos | Todo el año |
| Jabalí, batida, rececho, al rastro y al salto | Tercer domingo de septiembre – cuarto domingo de febrero |
| Jabalí en cultivos de regadío (maíz, sorgo, girasol, colza o soja) | 15 de agosto – cuarto domingo de febrero |
| Ciervo, gamo y muflón | Tercer domingo de septiembre – cuarto domingo de febrero |
| Corzo machos (fuera del anexo V) | 1 de abril – 15 de noviembre |
| Corzo hembras (fuera del anexo V) | 15 de agosto – último día de febrero |
| Cabra montés, machos | Primer domingo de octubre – 31 de mayo |
| Sarrio, machos y hembras | Segundo domingo de septiembre – tercer domingo de diciembre |
| Especie | Periodo | Ojo con esto |
|---|---|---|
| Periodo ordinario general | Tercer domingo de octubre – cuarto domingo de enero | — |
| Conejo en los municipios del anexo II | 15 de agosto – 1 de abril | Al salto, en mano o a la espera. Controles todo el año |
| Becada | Segundo domingo de octubre – 20 de febrero | — |
| Zorzal común, alirrojo y estornino pinto | Tercer domingo de octubre – 10 de febrero | — |
| Ánsar común | Segundo domingo de octubre – 20 de enero | — |
| Ánade real, friso, cerceta común, focha y pato colorado | Segundo domingo de octubre – 31 de enero | — |
| Especie | Periodo | Ojo con esto |
|---|---|---|
| Codorniz | 15 de agosto – tercer domingo de septiembre | Cupo 20 por cazador y día. Prohibida en la temporada ordinaria de caza menor |
| Paloma torcaz y urraca | 21 de agosto – tercer domingo de septiembre | — |
| Tórtola común | Solo dos días: 22 de agosto y 5 de septiembre | Máximo 17 días hábiles por coto en media veda |
| Palomas en paso | Primer domingo de septiembre – tercer domingo de noviembre | — |
Lo que cambia según dónde estés. Los anexos II, III, IV y V son los que mandan. El II lleva los municipios con régimen especial de conejo (incluida la caza nocturna) y de zorro; el III, los cotos con esperas diurnas de ciervo, gamo y muflón; el IV, los cotos con ánade real en media veda; el V, los municipios con periodo ampliado de corzo. Mira en qué municipio estás antes de dar una fecha por buena.
Temporada 2026-2027, desde su publicación en el BOA el 23 de junio de 2026.
La novedad gorda de la temporada: la codorniz queda limitada al periodo de media veda y prohibida en la temporada ordinaria de caza menor. Y la tórtola se reduce a dos días concretos. En media veda está prohibida la caza con galgos, y los perros deben ir atados en aguardo o puesto fijo salvo para cobrar la pieza.
Comprueba dónde estás. Las lindes no se ven desde el coche.
📍 Abrir el mapa de cotos de Aragón — con tu GPS, sobre imagen de satélite y funcionando aunque te quedes sin cobertura.
Y si aún no tienes claro qué equipo tiene sentido para una espera nocturna autorizada, empieza por visión nocturna vs. térmico. Lo general de la modalidad lo tienes en normativa de caza nocturna en España, y el resto de comunidades en el blog.
Todo lo de esta página está sacado del texto publicado en el boletín oficial, no de otras webs de caza. Comprobado el 18 de agosto de 2026
Si ves algo que no cuadra con la norma, o si sale una corrección, dínoslo y lo arreglamos. Preferimos que nos corrijas tú a que se fíe alguien de un dato malo.
Casi todo lo que hay en esta web existe porque alguien lo pidió primero. El mapa de cotos nació de un cazador que llevaba dos temporadas sin saber por dónde pasaban las lindes de su propio coto.
Así que si te falta algo —tu comunidad en el mapa, la comparativa de dos aparatos que no te decides, una duda de normativa, o una herramienta que se te haya ocurrido en el puesto—, dilo sin cortarte. Si se puede hacer, lo hacemos. Y si no se puede, te explicamos por qué en vez de dejarte sin respuesta.
Media veda y temporada 2026/2027, comunidad por comunidad: