Murcia ya tiene fijados los periodos hábiles de caza para la temporada 2026/2027. Aquí tienes el enlace a la norma oficial y un resumen de lo que más se pregunta, empezando por lo que interesa a quien caza de noche.
Orden de 29 de abril de 2026 de la Consejería de Medio Ambiente, Universidades, Investigación y Mar Menor
Publicada en el BORM núm. 98, de 30 de abril de 2026.
Esto es un resumen, no la norma. Lo que obliga es el texto del boletín oficial, no esta página. Hemos recogido lo que consta literalmente y lo que no aparece lo decimos; si algo no lo ves aquí, es porque hay que mirarlo en la norma. Antes de salir, comprueba también las condiciones de tu coto y de tu autorización.
Y ojo con algo que no está en el calendario: las autorizaciones por daños. Además de las fechas generales que ves en esta ficha, la administración puede autorizar a un coto concreto a cazar una especie fuera del periodo hábil cuando está causando daños: destrozos en los cultivos, accidentes de tráfico o motivos sanitarios. Pasa sobre todo con el jabalí y con el ciervo, y por eso hay cotos que abren antes que el calendario general. Son resoluciones para ese coto, con su cupo y sus condiciones, y no salen en esta ficha porque no están en la orden de veda. Si en el tuyo os han dado una, lo que vale es esa resolución, no este calendario.
Es la comunidad más abierta de España para la espera nocturna. Literal de la orden: en aguardo o espera nocturna «desde una hora antes del ocaso hasta orto» se podrá abatir jabalí para prevenir daños y frenar el riesgo de peste porcina africana «cualquier día del año», en todos los terrenos cinegéticos.
Autorizado y muy medido. Se permite el aporte para los aguardos «siempre que se realice en cantidades que no puedan suponer el incremento de las poblaciones». Los límites son concretos: no más de 5 kg accesibles, un solo aporte por cada 100 hectáreas, a más de 300 metros de la linde, y ni piedras de sal ni agua en esos puntos.
La orden de vedas solo prohíbe los visores nocturnos y térmicos en el rececho, y del aguardo no dice nada. Pero la respuesta no está en la orden de vedas: está en otra norma que la mayoría de webs no cita.
Es la Orden de 9 de marzo de 2023, que declara toda la Región de Murcia Comarca de Emergencia Cinegética Temporal. Su artículo 10.5, literal:
«En la modalidad de aguardo nocturno al jabalí, tanto en la caza que se realiza en los terrenos cinegéticos, en base a lo establecido en la orden de vedas, como en los terrenos no cinegéticos, en base a lo establecido en la presente Orden, para facilitar la identificación de los ejemplares y la eficacia en el disparo y seguridad de las personas, se podrá utilizar el visor convencional u óptico de aumentos, monoculares y visores térmicos y nocturnos montados en el arma».
Y tiene fecha de caducidad: la propia orden dice que «mantendrá su vigencia hasta el 11 de febrero de 2027». Está en vigor, pero cuenta los días.
De base, la Ley 7/2003 de caza de la Región de Murcia prohíbe en su artículo 46.3.h las armas «provistas de silenciador o de visor para el disparo nocturno». Su artículo 45 permite declarar la emergencia cinegética y levantar prohibiciones, y la Orden de 2023 lo hace —solo para el jabalí—.
El silenciador se queda fuera. Va en la misma frase que el visor en el artículo 46.3.h, y la orden de emergencia levanta el visor y no lo menciona. Sigue prohibido.
Para el aguardo, la orden autoriza expresamente «el empleo de fuente luminosa artificial o linterna para entrar o salir del puesto, para asegurar el disparo, y para rastrear a un animal herido». Y el horario general de caza, para lo demás, es «entre una hora antes de la salida del sol y una hora después de la puesta» (art. 15.4): el aguardo es la excepción.
Comunicación previa con 20 días de antelación, en el Anexo II (aguardo de jabalí y de zorro). Tres detalles que importan:
Para el gancho de jabalí todo el año por riesgo sanitario, hace falta informe veterinario.
Esos 100 metros al linde son exactamente para lo que sirve el mapa de cotos de Murcia.
En el Área de Saladares y la ZEPA Sierra del Molino los aguardos de jabalí están prohibidos del 1 de marzo al 31 de julio. La ZEPA se llama, en el Anexo XV, «Saladares del Guadalentín», y la prohibición tiene una excepción en el cauce del río Guadalentín.
Lo que no damos por bueno, y por qué. El artículo 10.5 dice «monoculares y visores térmicos y nocturnos montados en el arma». No queda claro si ese «montados en el arma» rige toda la lista o solo los visores, es decir, si el monocular de mano queda cubierto o si simplemente no hacía falta habilitarlo. La lectura segura es la de acoplado al arma, que es la que está escrita sin duda.
Lo de arriba es lo tuyo si cazas de noche. Aquí va el resto de la temporada resumido. Son los periodos generales: muchos tienen días hábiles, cupos o excepciones, y esos van en su columna.
| Especie y modalidad | Periodo |
|---|---|
| Jabalí en aguardo o espera nocturna | Cualquier día del año |
| Jabalí a rececho | 1 de mayo – tercer domingo de febrero |
| Jabalí en gancho, batida y montería | Primer domingo de septiembre – segundo domingo de febrero |
| Muflón, gamo y arruí a rececho | 1 de mayo – tercer domingo de febrero |
| Ciervo a rececho | Primer domingo de septiembre – tercer domingo de febrero |
| Cabra montés a rececho | 12 de octubre – tercer domingo de febrero |
| Corzo a rececho | 1 de mayo – tercer domingo de febrero |
| Zorro a rececho | 1 de mayo – tercer domingo de febrero |
| Zorro en aguardo nocturno | Primer domingo de septiembre – segundo domingo de febrero |
| Zorro con perros | 12 de octubre – segundo domingo de febrero |
El zorro tiene tres periodos, no uno. Antes esta ficha daba solo el del aguardo, y leída así parecía que un rececho de zorro el 1 de mayo estaba vedado, cuando es el primer día hábil. Era un error nuestro.
| Especie | Periodo | Ojo con esto |
|---|---|---|
| Periodo general | 12 de octubre – 6 de enero | Todos los días |
| Liebre | (en periodo general) | Cupo 1 por cazador y jornada |
| Perdiz roja | (en periodo general) | Cupo 4 por cazador y jornada, salvo cotos intensivos |
| Zorzales en puesto fijo | 12 de octubre – 31 de enero, todos los días | 6 ejemplares por cazador y día sumando todas las especies. Ojo: el puesto fijo va 25 días más allá del cierre del periodo general de caza menor, que es el 6 de enero |
| Descaste de conejo | Segundo domingo de junio – 11 de octubre | Jueves, sábados, domingos y festivos |
| Liebre con galgos | 12 de octubre – 6 de enero | Todos los días |
| Especie | Periodo | Ojo con esto |
|---|---|---|
| Codorniz | Un solo día: el cuarto domingo de agosto | Cupo máximo 2 piezas por cazador |
| Tórtola europea | Último domingo de agosto | Solo en cotos que cumplan la resolución dictada al efecto |
| Paloma torcaz, bravía, urraca y gaviota patiamarilla | 20 de agosto – 11 de octubre | Jueves, sábados, domingos y festivos |
Cuidado, que en Murcia hay DOS emergencias cinegéticas y no son lo mismo. Esto lo teníamos contado al revés.
La del jabalí cubre toda la Región, por la Orden de 9 de marzo de 2023, y es la que autoriza el visor térmico. Vigente hasta el 11 de febrero de 2027.
La del conejo es la de los municipios: Abanilla, Abarán, Albudeite, Blanca, Campos del Río, Cieza, Fortuna, Jumilla, Molina de Segura, Mula y Yecla, más Alhama de Murcia, Totana, San Javier y Ulea. Va por la Orden de 9 de octubre de 2024 y caduca el 11 de octubre de 2026, o sea a mitad de esta temporada. Si cazas conejo en esos municipios, esa fecha te importa.
Y lo demás: el zorro tiene prohibida su caza en zonas agrícolas, y en forestales están prohibidos el aguardo, los perros de madriguera y la chilla. El arruí solo se caza en las zonas del Anexo IX. En zonas de aves esteparias, prohibidos los perros entre el 16 de marzo y el 31 de agosto.
En vigor desde el 1 de mayo de 2026. Temporada 2026/2027, con prórroga automática si no sale la siguiente.
Dos novedades gordas. Vuelve la tórtola europea, con plan adaptativo y precintado digital, tras la comunicación de la Comisión Europea que fija una extracción máxima del 1,5 % de la población del corredor occidental. Y la codorniz se queda en un solo día hábil para que se recupere. Todo el régimen del jabalí gira alrededor de la peste porcina africana.
Comprueba dónde estás. Las lindes no se ven desde el coche.
📍 Abrir el mapa de cotos de Murcia — con tu GPS, sobre imagen de satélite y funcionando aunque te quedes sin cobertura.
Y si aún no tienes claro qué equipo tiene sentido para una espera nocturna autorizada, empieza por visión nocturna vs. térmico. Lo general de la modalidad lo tienes en normativa de caza nocturna en España, y el resto de comunidades en el blog.
Todo lo de esta página está sacado del texto publicado en el BORM y en el BOE, no de otras webs de caza. Comprobado el 17 de agosto de 2026
En Murcia son tres normas, y la que decide lo del térmico no es la de vedas:
| Norma | Qué aporta |
|---|---|
| Ley 7/2003, de 12 de noviembre, de Caza y Pesca Fluvial de la Región de Murcia texto consolidado en el BOE | El marco. Artículo 46.3.h, la prohibición del silenciador y del visor de disparo nocturno. Artículo 45, la vía de la emergencia cinegética |
| Orden de vedas 2026/2027 PDF del BORM | Los periodos, el horario del aguardo, el cebado con números, el chaleco, los puestos y el fototrampeo |
| Orden de 9 de marzo de 2023, Comarca de Emergencia Cinegética Temporal en toda la Región BORM núm. 62, de 16 de marzo de 2023 PDF del BORM | La que autoriza los visores térmicos y nocturnos montados en el arma (art. 10.5), solo para jabalí, y hasta el 11 de febrero de 2027 |
Si ves algo que no cuadra con la norma, o si sale una corrección, dínoslo y lo arreglamos. Preferimos que nos corrijas tú a que se fíe alguien de un dato malo.
Esta página se corrigió a fondo el 17 de agosto de 2026. Antes decía que «no queda claro» si el térmico acoplado al arma estaba permitido en el aguardo. Sí está claro, y está escrito: lo autoriza el artículo 10.5 de la Orden de 2023. También cerrábamos los zorzales en puesto fijo el 6 de enero cuando van hasta el 31, dábamos un solo periodo al zorro cuando tiene tres, y presentábamos la emergencia del conejo como si fuera la del jabalí. Estaba mal y lo decimos.
Casi todo lo que hay en esta web existe porque alguien lo pidió primero. El mapa de cotos nació de un cazador que llevaba dos temporadas sin saber por dónde pasaban las lindes de su propio coto.
Así que si te falta algo —tu comunidad en el mapa, la comparativa de dos aparatos que no te decides, una duda de normativa, o una herramienta que se te haya ocurrido en el puesto—, dilo sin cortarte. Si se puede hacer, lo hacemos. Y si no se puede, te explicamos por qué en vez de dejarte sin respuesta.
Media veda y temporada 2026/2027, comunidad por comunidad: