Normativa

Orden de veda de Extremadura 2026/2027

📅 Comprobado el 17 de agosto de 2026 ⏱ Lectura: 9 minutos

Extremadura ya tiene fijados los periodos hábiles de caza para la temporada 2026/2027. Aquí tienes el enlace a la norma oficial y un resumen de lo que más se pregunta, empezando por lo que interesa a quien caza de noche.

Con la emergencia por peste porcina en vigor, el térmico SÍ puede ir acoplado al arma en el aguardo de jabalí, todo el año y con cupo ilimitado — pero el cebado del jabalí está PROHIBIDO en toda Extremadura

Orden de 22 de julio de 2024, Orden General de Vedas (vigencia indefinida), más la Resolución de 23 de marzo de 2026 que fija los periodos y días hábiles de la temporada

Publicada en el DOE núm. 145, de 26 de julio de 2024 · DOE núm. 60, de 27 de marzo de 2026.

📄 Leer los periodos de esta temporada  ·  Orden General de Vedas

Pero para el jabalí de noche la norma que manda es otra: la Resolución de 9 de diciembre de 2025, de emergencia cinegética por peste porcina africana. DOE núm. 237, de 10 de diciembre de 2025.

📄 Leer la resolución de emergencia

Esto es un resumen, no la norma. Lo que obliga es el texto del boletín oficial, no esta página. Hemos recogido lo que consta literalmente y lo que no aparece lo decimos; si algo no lo ves aquí, es porque hay que mirarlo en la norma. Antes de salir, comprueba también las condiciones de tu coto y de tu autorización.

Y ojo con algo que no está en el calendario: las autorizaciones por daños. Además de las fechas generales que ves en esta ficha, la administración puede autorizar a un coto concreto a cazar una especie fuera del periodo hábil cuando está causando daños: destrozos en los cultivos, accidentes de tráfico o motivos sanitarios. Pasa sobre todo con el jabalí y con el ciervo, y por eso hay cotos que abren antes que el calendario general. Son resoluciones para ese coto, con su cupo y sus condiciones, y no salen en esta ficha porque no están en la orden de veda. Si en el tuyo os han dado una, lo que vale es esa resolución, no este calendario.

Lo que importa de noche

Desde el 10 de diciembre de 2025, Extremadura está en emergencia cinegética por peste porcina africana

Esto es lo que cambia todo, y no está en la Orden General de Vedas. Es la Resolución de 9 de diciembre de 2025, conjunta de la Dirección General de Mundo Rural, Caza, Pesca y Tauromaquia y la de Agricultura y Ganadería, publicada en el DOE núm. 237, de 10 de diciembre de 2025.

Alcance: «todos los terrenos cinegéticos (VC1, VC2, VC3 y VC4) de la Comunidad Autónoma de Extremadura». Todos.

Y lo que abre para el jabalí: «aguardos o esperas y recechos de jabalí durante todo el año, con cupo ilimitado», en todas las comarcas cinegéticas y en las cuatro categorías de terreno.

El térmico acoplado al arma: la Orden lo prohíbe, la emergencia lo levanta

Y aquí está el giro completo. El artículo 15 de la Orden General de Vedas es durísimo: los dispositivos con convertidor o amplificador de imagen «están prohibidos en todo caso si van acoplados al arma», y la única excepción era «exclusivamente de monoculares o binoculares no susceptibles de ser acoplados al arma, únicamente en la modalidad de aguardo o espera nocturna de jabalí».

La resolución de emergencia dice otra cosa, y es literal: «En los aguardos nocturnos para jabalí se podrán emplear, respetando la legislación de armas, dispositivos de visión nocturna o térmica, ACOPLADOS O NO AL ARMA, así como visores ópticos o digitales».

Extremadura pasó de ser la comunidad más dura de España en esto a permitirlo como cualquier otra. Y sin fecha de caducidad: la resolución dice que «será de aplicación durante todo el tiempo en que se mantenga la situación de emergencia cinegética por riesgo de PPA… La finalización… será declarada oficialmente y se hará pública en el Diario Oficial de Extremadura».

🔴 Y ojo con esto, porque va al revés de lo que espera todo el mundo: el CEBADO DEL JABALÍ ESTÁ PROHIBIDO. La misma resolución dice, textual: «Se prohíbe la alimentación suplementaria del jabalí en todo el territorio de Extremadura». Te levantan el térmico y te quitan el cebadero.

El cebado, entonces

El artículo 13 de la Orden General sigue diciendo que «la aportación suplementaria de alimentos a las especies de caza mayor se podrá realizar únicamente en aquellos cotos que lo tengan autorizado en la resolución de su plan técnico». Eso vale para el resto de la caza mayor, no para el jabalí. Para el jabalí está suspendido mientras dure la emergencia, tengas plan técnico o no.

El horario

El horario general de caza en Extremadura es «una hora antes de la salida del sol y una hora después de su puesta» (Ley 14/2010, art. 37.b). Y el Decreto 34/2016, que es el reglamento del ejercicio de la caza, dice en su artículo 35.8: «Únicamente se permite la caza fuera del horario previsto en el artículo 37.b) de la Ley de Caza en las modalidades de rececho y aguardo de jabalí. Se podrá utilizar luz artificial, como medida de seguridad, únicamente en la modalidad de aguardo».

Fíjate en dos cosas de esa frase. Una, que el rececho de jabalí también queda fuera del horario general. Y dos, que la luz artificial vale «como medida de seguridad», no para tirar. Un foco para localizar al animal no está amparado por ahí.

El artículo 7.5 de la Orden General sí da una hora concreta —«desde una hora antes de la puesta del sol hasta una hora después de la salida»—, pero ese artículo 7 se titula «Acciones por daños». Es el horario del aguardo autorizado por daños, no el de la espera ordinaria. Lo decíamos como si fuera general y no lo es.

Cómo se coloca el aguardo

Del Decreto 34/2016, artículo 60.2.b: el aguardo va a 200 metros mínimo de la linde de otro terreno cinegético. Y para lo demás: montería, batida y gancho, puestos «desenfilados o protegidos» o 150 metros entre ellos; puesto fijo de caza menor, 50 metros; perdiz con reclamo, 250 metros; ojeo, 100 metros de la linde.

Esos 200 metros son exactamente para lo que sirve el mapa de cotos de Extremadura.

El papel

Para el aguardo, la resolución de emergencia no exige autorización nominal ni comunicación previa: la comunicación es para capturaderos y batidas. Lo que sí hay son límites de aforo, que la Junta publicó en circular: aguardos en VC1 a VC3, máximo 3 cazadores simultáneos en las primeras 400 hectáreas y uno más por cada 250 adicionales, con tope de 8 por coto; los recechos, «solo en horario diurno»; y las batidas, «cuadrillas de hasta 12 cazadores y 15 perros».

Eso último va con reserva: la circular es un documento de la Junta, no el DOE. Lo damos como orientación, no como norma.

Las modalidades

Artículo 5: rececho, aguardo o espera (en terreno abierto y cerrado) y al salto. La montería, el gancho y la batida exigen comunicación previa; la ronda, autorización. Y las batidas de jabalí llegan hasta el segundo domingo de marzo con la emergencia en vigor.

Y una prohibición que se paga caro no saber

Lo que no damos por bueno, y por qué. Tres cosas.

Una, de dónde salen las fechas. Las tablas de periodos del DOE son imágenes, no texto, y durante dos días no pudimos leerlas: cuatro lecturas automáticas dieron cuatro resultados distintos, uno de ellos imposible. El 17 de agosto se descargaron las tres imágenes y se leyeron a mano, fila por fila. Son fiables, pero son lectura visual de un cuadro apretado: si alguna no te cuadra, abre el PDF y dínoslo.

Dos, el silenciador. No aparece ni en la Ley 14/2010, ni en el Decreto 34/2016, ni en la resolución de emergencia. Que la emergencia levante las miras no significa que levante el silenciador, y no vamos a deducir que esté permitido.

Tres, si la emergencia sigue viva hoy. No hemos encontrado ninguna publicación en el DOE que la declare finalizada, y la peste porcina africana sigue activa en España, pero no tenemos confirmación positiva. Es una resolución sin fecha de caducidad que termina cuando la Junta lo declare: comprueba el DOE antes de fiarte del térmico.

El resto, en breve

Lo de arriba es lo tuyo si cazas de noche. Aquí va el resto de la temporada. En Extremadura las fechas cambian según el terreno sea abierto o cerrado, y esa es la variable que más las mueve: mira primero qué es el tuyo.

Caza mayor

Montería y gancho, con comunicación previa:

EspeciePeriodo
Ciervo, gamo, jabalí, muflón y arruí10 de octubre – 21 de febrero

Batida, con comunicación previa:

ModalidadPeriodo
Jabalí en batida10 de octubre – 21 de febrero
Jabalí al salto VC3 (Cap. III)10 de octubre – 21 de febrero

Rececho, aguardo y espera — todos los días. Recechos ordinarios y esperas, con precintos:

Especie y terrenoPeriodo
Jabalí, abierto VC1, VC2 y VC31 de abril – 31 de marzo (todo el año)
Jabalí, abierto VC41 de mayo – 31 de diciembre — ojo, este es el único que no va todo el año
Jabalí, cerrado1 de abril – 31 de marzo (todo el año)
Ciervo, abierto29 de agosto – 30 de septiembre
Ciervo, abierto CEx-0229 de agosto – 15 de octubre
Ciervo, cerrado15 de agosto – 21 de febrero
Gamo, abierto1 de septiembre – 4 de octubre
Gamo, cerrado15 de agosto – 21 de febrero
Corzo, abierto1 de abril – 31 de agosto
Corzo, cerrado1 de abril – 30 de septiembre
Cabra montés, machos1 de abril – 15 de mayo  y  15 de septiembre – 31 de marzo
Cabra montés, hembras15 de septiembre – 31 de marzo
Muflón y arruí1 de abril – 31 de marzo (todo el año)

Rececho de gestión — los abiertos mediante autorización, los cerrados mediante resolución del plan técnico:

Especie y terrenoPeriodo
Ciervo, abierto (solo hembras)10 de octubre – 21 de febrero
Ciervo, cerrado1 de julio – 28 de febrero
Gamo, abierto (solo hembras)10 de octubre – 21 de febrero
Gamo, cerrado1 de julio – 28 de febrero
Corzo, cerrado1 de abril – 30 de septiembre
Muflón, abierto (solo hembras)10 de octubre – 21 de febrero
Muflón y arruí, cerrado1 de abril – 31 de marzo

Caza menor

Al salto o en mano y gancho. Días hábiles: privados, jueves, viernes, sábados, domingos y festivos; cotos sociales, jueves, sábados, domingos y festivos; ZCL, solo con arco, jueves, sábados, domingos y festivos.

EspeciePeriodoOjo con esto
Perdiz roja, paloma bravía, ánade real, pato cuchara, cerceta común, faisán, estornino pinto, avefría, agachadiza común, focha común, grajilla, urraca y zorro12 de octubre – 6 de eneroCerceta común, 1 ejemplar por persona y día
Liebre12 de octubre – 6 de eneroEn ZCL, 1 por persona y día
Codorniz (incluida media veda)15 de agosto – 8 de septiembre y 12 de octubre – 6 de eneroCupo 10 por persona y día
Jabalí al salto (VC1, VC2 y VC3 Cap. II)12 de octubre – 6 de eneroVa en la tabla de caza menor, no en la de mayor
Conejo12 de octubre – 27 de diciembreCierra diez días antes que el resto de la menor
Becada (solo al salto o en mano)12 de octubre – 31 de eneroCupo 3 por persona y día
Paloma torcaz y zurita1 de noviembre – 6 de enero25 palomas entre torcaz y zurita por persona y día
Perdiz roja en cotos intensivos, solo al salto o en mano1 de octubre – 31 de marzoTodos los días
Conejo en cotos intensivos con repoblaciones antes del 27 de diciembre12 de octubre – 28 de febreroTodos los días

Puesto fijo. Horarios propios: media veda, mañana de 7:00 a 11:00 y tarde desde las 17:00; paloma en general, de 9:00 a 16:00; paloma en prórroga, de 9:00 a 17:00.

EspeciePeriodoOjo con esto
Paloma torcaz y bravía en media veda22 de agosto – 8 de septiembre25 torcaces por persona y día
Ánade real en media veda15 de agosto – 8 de septiembre
Estornino pinto, grajilla, urraca y zorro (media veda y prórroga)15 de agosto – 28 de febreroEs el periodo más largo de toda la menor
Ánade real, pato cuchara, cerceta común, faisán, avefría, agachadiza común y focha común12 de octubre – 6 de eneroCerceta común, 1 por persona y día
Zorzal común (incluida prórroga)1 de noviembre – 10 de febrero40 ejemplares entre todas las especies de zorzal, por persona y día
Zorzal alirrojo, charlo y real (incluida prórroga)1 de noviembre – 31 de eneroDiez días menos que el común

Perdiz con reclamo. En privados, todos los días; en cotos sociales y ZCL, jueves, sábados, domingos y festivos. Cotos sociales y privados no intensivos, 16 de enero – 28 de febrero, con cupo de 4 por persona y día; en ZCL, cupo de 2. Cotos intensivos con sueltas, hasta el 21 de marzo.

Con galgos y otros perros. Liebre, 12 de octubre – 17 de enero. Conejo, 12 de octubre – 27 de diciembre. Conejo en cotos intensivos con repoblaciones antes del 27 de diciembre, hasta el 28 de febrero.

Ojeos. Cotos privados no intensivos, 12 de octubre – 6 de enero, con comunicación previa. Cotos intensivos, solo perdiz roja, 1 de octubre – 31 de marzo y sin comunicación previa.

Lo que cambia según dónde estés. La tabla de periodos distingue sistemáticamente terreno abierto y terreno cerrado, y usa códigos de vedado y cercado (VC1 a VC4, CEx) que cambian las fechas. Es la variable que más las mueve en esta comunidad, y en el jabalí se ve claro: en VC1, VC2, VC3 y en cerrado va todo el año, y en VC4 se corta el 31 de diciembre.

Y hay especies que aparecen en dos tablas con reglas distintas según la modalidad: el jabalí al salto está en la de caza menor cuando es VC1, VC2 o VC3 Cap. II, y en la de mayor cuando es VC3 Cap. III.

Hasta cuándo vale

La Orden General de Vedas de 2024 tiene vigencia indefinida hasta que se publique una nueva. Los periodos, por resolución anual. En Extremadura la temporada va del 1 de abril al 31 de marzo, no de agosto a febrero como en otras comunidades.

Extremadura funciona distinto: no publica una orden de vedas cada año. La Orden General de 2024 es plurianual y cada temporada solo se fijan por resolución los periodos y días hábiles.

Antes de salir

Comprueba dónde estás. Las lindes no se ven desde el coche.

📍 Abrir el mapa de cotos de Extremadura — con tu GPS, sobre imagen de satélite y funcionando aunque te quedes sin cobertura.

Y si aún no tienes claro qué equipo tiene sentido para una espera nocturna autorizada, empieza por visión nocturna vs. térmico. Lo general de la modalidad lo tienes en normativa de caza nocturna en España, y el resto de comunidades en el blog.

De dónde sale esto

Todo lo de esta página está sacado del texto publicado en el DOE y en el BOE, no de otras webs de caza. Comprobado el 17 de agosto de 2026

En Extremadura son cuatro normas, y esta comunidad es el mejor ejemplo de por qué leer solo la orden de vedas no basta:

NormaQué aporta
Ley 14/2010, de 9 de diciembre, de caza de Extremadura
texto consolidado en el BOE
El marco. Artículo 37.b, el horario general
Decreto 34/2016, reglamento del ejercicio de la cazaArtículo 35.8, qué modalidades quedan fuera del horario y para qué vale la luz. Artículo 60.2.b, los 200 m del aguardo a la linde
Orden de 22 de julio de 2024, Orden General de Vedas, plurianual
DOE núm. 145, de 26 de julio de 2024
Las modalidades, el artículo 15 de visores y el 13 del cebado. Con corrección de errores de 4 de diciembre de 2024
Resolución de 9 de diciembre de 2025, emergencia cinegética por PPA
DOE núm. 237, de 10 de diciembre de 2025
La que decide lo nocturno: térmico acoplado al arma, jabalí todo el año con cupo ilimitado, batidas hasta marzo, y la prohibición del cebado del jabalí

Si ves algo que no cuadra con la norma, o si sale una corrección, dínoslo y lo arreglamos. Preferimos que nos corrijas tú a que se fíe alguien de un dato malo.

Esta página se corrigió a fondo el 17 de agosto de 2026. Decía que Extremadura es la comunidad más dura de España con los visores —solo monoculares no acoplables— y eso dejó de ser cierto en diciembre de 2025. Y decía que el cebado se puede con plan técnico cuando para el jabalí está prohibido en toda la comunidad: ese era el fallo peligroso, porque un cazador que lo leyera cebaba el puesto creyendo que iba legal. Estaba mal y lo decimos.

Esto lo construimos entre todos

¿Echas algo en falta?

Casi todo lo que hay en esta web existe porque alguien lo pidió primero. El mapa de cotos nació de un cazador que llevaba dos temporadas sin saber por dónde pasaban las lindes de su propio coto.

Así que si te falta algo —tu comunidad en el mapa, la comparativa de dos aparatos que no te decides, una duda de normativa, o una herramienta que se te haya ocurrido en el puesto—, dilo sin cortarte. Si se puede hacer, lo hacemos. Y si no se puede, te explicamos por qué en vez de dejarte sin respuesta.

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